El nuevo reglamento de alquileres de vacaciones fue publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares por el Gobierno Balear a finales de julio de 2017. Hasta ahora, sólo se ha permitido la comercialización turística de casas unifamiliares en Ibiza. El alquiler de pisos, apartamentos o casas adosadas a los veraneantes tiene lugar en la zona gris legal y no estaba previsto anteriormente en la legislación balear. Con la nueva legislación, los apartamentos y las casas adosadas pueden, en determinados casos y bajo ciertas condiciones, obtener una licencia de alquiler turístico, pero las infracciones están sujetas a fuertes multas.

Sin embargo, la pregunta de qué propiedades pueden ser alquiladas para el turismo en el futuro sólo puede ser respondida en parte en un año. En primer lugar, hay una moratoria de un año. Inicialmente, se concederá al Consejo Insular (Consell) y a los municipios responsables un período de hasta un año para decidir en qué zonas se pueden alquilar propiedades a los veraneantes. Sólo entonces se emitirán nuevas licencias. Esto significa que desde finales de julio, el Consejo Insular de Ibiza ya no ha aceptado ninguna solicitud para obtener una licencia de alquiler turístico en el caso de las casas unifamiliares. Y como hasta ahora no se ha permitido la comercialización turística de los apartamentos, no puede haber licencias oficiales para los apartamentos en Ibiza.

Por lo tanto, en este momento se deben hacer las siguientes diferenciaciones:
Las propiedades que ya han sido registradas en el Consejo Insular pueden seguir alquilándose normalmente. Los propietarios de viviendas unifamiliares que han recibido del Consell una licencia de alquiler turístico en los últimos años prácticamente no se verán afectados, ya que los cambios son menores. Sin embargo, hay un gran número de licencias solicitadas, que todavía tienen que ser procesadas y aprobadas por el Consejo Insular. Si el examen revela que el inmueble no tiene la cédula de habitabilidad requerida o tiene anexos no legalizables, la autoridad podrá denegar la licencia y la solicitud se cancelará con carácter retroactivo.

Los apartamentos ubicados en casas multifamiliares pueden ser alquilados a los turistas en el futuro bajo ciertas condiciones: En primer lugar, hay que esperar a que el Ayuntamiento y el Consejo de la Isla establezcan la zonificación. Las autoridades determinarán en qué zonas será posible el alquiler turístico y qué cupos están disponibles para ello. Además, se establecerán requisitos de calidad y de equipo técnico. Cabe destacar que en el caso de las comunidades de propietarios, la mayoría de los propietarios deben dar su consentimiento a los alquileres turísticos en la reunión de propietarios. Otra innovación de la normativa es que los propietarios pueden dejar su apartamento, que de otro modo sería de uso propio, a los veraneantes durante un máximo de 60 días al año.

Los alquileres de temporada, aplicando la Ley de Arrendamientos de España («LAU»), se ven dificultados por la Ley de Turismo de las Islas Baleares: según la ley de las Islas Baleares, el alojamiento de inquilinos por un período inferior a un mes se considera un alquiler turístico. Por lo tanto, todo propietario debe tener un número de registro para alquileres turísticos del Consejo Insular en el futuro o demostrar que la estancia de los inquilinos de menos de un mes no sirvió para un propósito turístico. Aunque se ha elaborado un contrato de alquiler estacional de conformidad con la ley de alquileres, no se permite al propietario comercializar la propiedad a través de portales como Airbnb o Homeaway. En caso contrario, se le impondrán multas de hasta 40.000 euros y las autoridades podrán ordenar el cese temporal del negocio. En el catálogo de multas, hay que distinguir entre una multa de hasta 4.000 euros por delitos simples («sancion leve») y una multa de 4.001 a 40.000 euros por delitos graves («sancion grave»). Para delitos particularmente graves («sanción muy grave»), la ley prevé incluso multas de hasta 400.000 euros.

Quellenangabe:

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