Comprar una propiedad en España es un sueño para muchos alemanes, ya sea para uso propio, como casa de vacaciones o como inversión.

Sin embargo, además de la ubicación, el equipamiento y el estado de la propiedad, los compradores deben prestar especial atención a un tema: el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP). En este artículo explicamos a cuánto asciende el ITP, cuándo es posible obtener una reducción al 4 % o incluso al 2 %, y a qué deben prestar especial atención los compradores.

Tipo impositivo general: 8 %

En España, la compra de una vivienda de segunda mano está sujeta al impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP).
El tipo general es del 8 % sobre el precio de compra o sobre el «valor declarado», si este es superior.
Este impuesto se paga una sola vez en el momento de la compra y, por lo general, debe abonarse en un plazo de 30 días a partir de la firma del contrato de compraventa ante notario.

¿Cuándo se aplica un tipo impositivo reducido?

En determinadas condiciones, los compradores se benefician de un impuesto sobre transmisiones patrimoniales reducido, ya sea del 4 % o del 2 %. Los factores decisivos son los siguientes:

  • Valor del inmueble
  • Uso como residencia principal
  • Edad y situación personal del comprador

Tipo reducido del ITP: 4 %

Los compradores solo pagan un 4 % de impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles si se cumplen todas las condiciones siguientes:

  • El valor del inmueble es inferior a 270 151,20 € (se aplica el valor más alto entre el precio de compra y el valor de mercado)
  • El inmueble se utiliza como residencia principal (no como vivienda vacacional o inversión)
  • Se adquiere al menos el 50 % de la propiedad
  • El comprador no posee ningún otro inmueble residencial en España (al menos en un 50 %);

Tipo del ITP muy reducido: 2 %

En determinadas circunstancias, se puede obtener un ahorro fiscal aún mayor. El tipo del 2 % se aplica si, además de los puntos mencionados anteriormente, se da alguna de las siguientes circunstancias:

  • El comprador es menor de 36 años y se trata de la primera adquisición de un inmueble
  • El comprador o un familiar cercano (por ejemplo, hijos o padres) tiene una discapacidad reconocida
  • El inmueble se convierte en la residencia principal de una familia numerosa o de una persona con hijos a cargo
  • Valor máximo: por regla general, 350 000 €, en el caso de familias monoparentales, 270 151,20 €

Atención: posibilidad de tributación retroactiva

Un punto especialmente importante:
Para que se reconozca la reducción fiscal, debe demostrarse que la propiedad se utiliza realmente como residencia principal en el momento de la compra.
Atención para los compradores con residencia en Alemania:
Quienes aún no estén empadronados en España en el momento de la compra, no podrán aportar esta prueba en la mayoría de los casos. Si se solicita la reducción, se corre el riesgo de tener que pagar un impuesto retroactivo del 8 %, más intereses.

Conclusión: es posible ahorrar impuestos, pero solo con una planificación clara

La reducción del ITP ofrece un enorme potencial de ahorro, de hasta varios miles de euros. Los jóvenes que tengan previsto establecer su residencia principal en Mallorca o que tengan una situación familiar especial pueden beneficiarse de un impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles de solo entre el 2 % y el 4 %.
Pero: deben cumplirse todos los requisitos y documentarse debidamente. Por lo tanto, recomendamos consultar con un asesor fiscal o un notario en Mallorca antes de realizar la compra.

Consejo:

¿Tienes menos de 35 años y quieres comprar una casa de menos de 270 000 € en Mallorca? Ponte en contacto con nosotros: te asesoraremos de forma transparente sobre la normativa actual del ITP y encontraremos propiedades que se adapten a tus necesidades.

Tipo general
(8 %)
Tipo reducido
(4 %)
Tipo muy reducido
(2 %)
Valor inmobiliario Precio de compra o valor declarado
(el valor más alto)
Menos de 270 151,20 €
(el valor más alto entre el precio de compra y el valor de mercado)
Máximo 350 000 € (por regla general); 270 151,20 € para familias monoparentales
Uso
del inmueble
Inmueble usado Residencia principal
(no vivienda vacacional/inversión financiera)
Residencia principal
(no vivienda vacacional/inversión financiera)
Porcentaje de propiedad Al menos el 50 % de la propiedad Al menos el 50 % de la propiedad
Propiedad anterior en España El comprador no posee ninguna otra propiedad residencial en España
(al menos el 50 %)
El comprador no posee otra propiedad residencial en España
(al menos el 50 %)
Condiciones adicionales Comprador menor de 36 años Y primera adquisición O comprador o familiares cercanos con discapacidad reconocida O la propiedad se convierte en la residencia principal de una familia numerosa/monoparental
Vencimiento Único, por regla general en un plazo de 30 días tras la firma del contrato de compraventa Único, por regla general en un plazo de 30 días tras la firma del contrato de compraventa Único, por regla general en un plazo de 30 días tras la firma del contrato de compraventa
Aviso importante Posible recargo fiscal retroactivo: es necesario acreditar que la vivienda era la residencia principal en el momento de la compra. En caso de no acreditarlo (por ejemplo, si la residencia se encontraba en Alemania en el momento de la compra), se aplicará un recargo fiscal del 8 % más intereses.

Posible recargo fiscal retroactivo: es necesario acreditar que era la residencia principal en el momento de la compra. En caso de no acreditarlo (por ejemplo, si se residía en Alemania en el momento de la compra), se aplicará un recargo fiscal del 8 % más intereses